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FechaTítuloResumen
8-feb-2018Medidas provisionales respecto a Durand y UgarteEl 16 de agosto de 2000 la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable a Perú por la violación del derecho a la vida y la libertad personal de los Sres. Durand y Ugarte, así como del deber de protección judicial y garantías judiciales de sus familiares. Los nombrados habían sido detenidos ilegalmente y alojados en el “El Frontón”, un establecimiento penitenciario en el que tuvo lugar un motín que derivó en la represión mediante el uso excesivo de la fuerza por parte de las autoridades. En el marco de ese procedimiento, falleció un gran número de internos y desaparecieron Durand y Ugarte. Dentro de las medidas de reparación, la CorteIDH ordenó al Estado peruano “investigar y sancionar a los responsables”. En consecuencia, se iniciaron procesos judiciales a nivel local. Uno de los fiscales entendió que algunos hechos constituían delitos de lesa humanidad, lo que fue impugnado por los imputados. El Tribunal Constitucional de Perú anuló esa calificación. Sin embargo, mediante un auto constitucional de abril de 2016, se indicó que el tribunal no había contado con los votos requeridos para pronunciarse sobre aquella cuestión. Por tal razón, se resolvió tener por no incorporada esa disposición. Entonces, los imputados interpusieron una acusación contra los jueces del Tribunal Constitucional ante el Poder Legislativo de Perú. En este marco, los representantes de las víctimas solicitaron a la CorteIDH una medida provisional en tutela de la estabilidad de los magistrados. En particular, sostuvieron que la intención de los imputados era la destitución de los jueces con el objeto de impedir la ejecución de la sentencia internacional.
5-oct-2015López Lone y otros v. HondurasEl 28 de junio de 2009, en un contexto de conflictos electorales relacionados con una consulta popular, el Sr. Zelaya Rosales, presidente de Honduras, fue privado de su libertad y luego expulsado del territorio de aquél país. Ése mismo día, el Congreso Nacional sesionó y se dio lectura a una supuesta carta de renuncia del mandatario, por lo que nombró al Presidente del Congreso como Presidente Constitucional de la República. La Corte Suprema de Justicia de Honduras consideró estos hechos una sucesión constitucional mientras que la Asamblea General y el Consejo Permanente de la OEA los condenaron y consideraron un “golpe de Estado” contra Zelaya. En este contexto, los jueces López Lone, Chévez de la Rocha y Barrio Maldonado y la magistrada Flores Lanza realizaron distintas manifestaciones en repudio de los incidentes, algunas de ellas en calidad de miembros de la Asociación de Jueces por la Democracia. En virtud de aquellas manifestaciones se les aplicaron sanciones disciplinarias.